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lunes, 23 de mayo de 2011

Obligados a devolver las ayudas de emancipación por superar en 2 céntimos el límite de ingresos

Un joven matrimonio se muestra "indignado" al tener que devolver con recargo las rentas por emancipación recibidas de la Generalitat valenciana desde hace dos años. Los jóvenes superaban por dos céntimos el límite de ingresos para obtener este tipo de ayudas económicas.

La ayuda fue aprobada y recibida sin periodicidad fija durante dos años. Ahora, Nacho y Ana se ven obligados a devolver 1.600 como cantidad principal, a la que hay que añadir el recargo correspondiente.

La renta básica de emancipación es una ayuda establecida por el Gobierno central pero que gestiona, en este caso, la Generalitat Valenciana, que ha recurrido ante el Tribunal Constitucional la devolución de estos importes por considerar que, por parte del Ministerio de Fomento, se invaden competencias al regular de una forma "desmesurada cuestiones procedimentales y de mera tramitación".

Nacho, profesor de secundaria y bachillerato, y Laura administrativa en un colegio privado, se trasladaron a vivir a la provincia de Valencia en el año 2008. El gasto debido al traslado de vivienda de Madrid a Valencia fue afrontado con más tranquilidad gracias a la renta básica de emancipacón. La ayuda estaba fijada en 105 euros mensuales y destinada al alquiler de la vivienda. Se mantuvo así hasta el mes de mayo de 2010, ya que Laura cumplió 30 años en esta fecha (edad máxima para acceder a este tipo de ayudas).

Una carta certificada de la Conselleria de Territorio y Vivienda les comunicaba que en el año 2009 habían sobrepasado los ingresos máximos (22.000 euros) para acceder a la ayuda y tenían que devolver con recargo los importes recibidos. La indiganación fue mayor al comprobar que el importe total por el que habían sobrepasado el tope oficial de la ayuda "era de... 2 céntimos de euro".

Según ha comentado Nacho y Laura, "lo que era una ayuda para emanciparnos de nuestras familias, ahora se ha convertido en una carga, pues tenemos que devolver más de lo recibido".

El recargo que les exigen, según han añadido, es "una forma de usura contra unos ciudadanos de a pie que estamos sosteniendo un país que se tambalea".

Fuentes de la Conselleria de Territorio y Vivienda han indicado que "por una imprevisión del Gobierno central y por la implantación de un sistema de cómputo de los ingresos erróneo, muchos jóvenes tendrán que devolver al Estado, años después, la ayuda que les correspondía según la normativa".

El pasado mes de marzo, el Tribunal Constitucional admitió a trámite un conflicto de competencias planteado por la Generalitat para evitar que 1.600 jóvenes de la Comunitat tengan que devolver esta ayuda por exigencia del ministerio.

Fuente .

jueves, 24 de marzo de 2011

El TC admite el conflicto de competencias en la RBE entre la C. Valenciana y el Gobierno

El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el conflicto de competencias entre la Comunidad Valenciana y el Gobierno sobre la Renta Básica de Emancipación (RBE), ayuda al alquiler de 210 euros mensuales para jóvenes. La Generalitat ha presentado este recurso para evitar que 1.600 jóvenes beneficiarios en la región tengan que devolver esta ayuda al alquiler.

Fuentes de la Generalitat han hecho pública esta decisión del TC a través de un comunicado, en el que han denunciado que el Real Decreto 1260/2010 modifica la regulación de la RBE e impone un procedimiento de reintegro exhaustivo que invade las competencias autonómicas en vivienda.

La directora general de Vivienda y Proyectos Urbanos, María Jesús Rodríguez, ha criticado que el Ministerio "ha decidido cambiar la normativa para obligar a las comunidades autónomas" a reclamar la devolución de la ayuda a jóvenes que en el momento de la concesión de la ayuda cumplían los requisitos marcados por la normativa.

Rodríguez ha rechazado el modelo de selección que se emplea en la RBE, que tiene en cuenta los ingresos del año en curso y que según ha considerado "no prevé que a lo largo del año pueden percibirse retribuciones extraordinarias".

La directora general ha asegurado que el Gobierno ha decidido pedir reintegros a algunos beneficiarios después de cruzar los ingresos declarados con los datos posteriores de Hacienda y comprobar que "miles de casos superan el límite de 22.000 euros" establecido en las bases para obtener estas ayudas. De este modo, Rodríguez considera que la normativa del Gobierno está generando una situación "angustiosa" para muchos jóvenes valencianos ya que "años después y en algunos casos con intereses, el Estado les reclama la devolución de lo que les correspondía según la normativa inicial".

El conflicto de competencias planteado por el gobierno valenciano se centra en los artículos 3 y 4 del nuevo Real Decreto. El primero atribuye al Ministerio de Fomento la competencia para suspender de forma cautelar la orden de pago de las ayudas, mientras que el punto 4 añade nuevos plazos a los ya establecidos en la propuesta original para que el beneficiario acredite el cumplimiento de los requisitos o para subsanar los defectos que dieron lugar a una suspensión cautelar.

La Generalitat ha denunciado que el Estado asume el control del pago de esta ayuda pero traslada a las autonomías su tramitación mediante "una regulación minuciosa y uniforme" que, en su opinión, vulnera la doctrina del TC sobre la gestión de las subvenciones a cargo de fondos estatales que dicta que, en principio y por regla general, corresponde a las comunidades autónomas, siendo la excepción su gestión centralizada.

Fuente .

lunes, 28 de febrero de 2011

Alguien miente en las ayudas al alquiler

Debido a la noticia que voy a adjuntar , se ha producido un cruce de acusaciones entre el Gobierno y la Generalitat Valenciana . Lo interesante del asunto es que uno de los 2 miente , por lo que si alguno de los lectores estáis afectados por este caso os invito a postearlo en los comentarios y arrojar algo de luz sobre este asunto para ver quien dice la verdad . Por un lado tenemos el Ministerio de Fomento que asegura que no ha pedido la devolución de la RBE , simplemente ha informado a lso que ya no les corresponde y por otro lado la Generalitat Valenciana afirma que el Gobierno había impuesto por la vía del real decreto un procedimiento de reintegro exhaustivo que reclamaba de forma general la devolución de las ayudas concedidas a jóvenes e invadía las competencias autonómicas de vivienda.

Si alguno ha recibido esta carta en Valencia nos podrá sacar de dudas :

El Ministerio de Fomento ha asegurado que no ha solicitado a ningún beneficiario de la Renta Básica de Emancipación, ayuda al alquiler de 210 euros mensuales para jóvenes, la devolución de las ayudas cobradas de forma indebida. El departamento dirigido por José Blanco realizada esta aclaración-respuesta tras conocer que el Gobierno valenciano recurrirá ante el Tribunal Constitucional (TC) el Real Decreto que modifica la regulación de esta subvención.

Fomento especifica, en un comunicado, que se limitó a informar a los beneficiarios que en 2008 superaron el límite de ingresos para poder cobrar la ayuda acerca de esta circunstancia. Todo ello, después de que la Comunidad Valenciana haya anunciado que presentará un conflicto de competencias ante el Constitucional.

El Ejecutivo valenciano considera, según ha explicado su portavoz, Paula Sánchez de León, que el Gobierno había impuesto por la vía del real decreto un procedimiento de reintegro exhaustivo que reclamaba de forma general la devolución de las ayudas concedidas a jóvenes e invadía las competencias autonómicas de vivienda.

Al respecto, el Ministerio ha precisado que la Secretaría de Estado de Vivienda "se limitó" a enviar una carta el pasado mayo a los beneficiarios que en 2008 superaron el límite de ingresos para poder cobrar la ayuda en la que se les comunicaba esta incidencia. Dicha incidencia fue detectada al cruzar los datos con los de la Declaración de la Renta aportados por la Agencia Tributaria.

Al mismo tiempo, el Ministerio se lo comunicó a las Comunidades Autónomas, encargadas de la gestión de la Renta Básica de Emancipación, para que dieran trámite de audiencia a los afectados, verificaran cuál fue su nivel de ingresos y resolvieran al respecto.

Las autonomías son el órgano competente para determinar si se mantiene el derecho a percibir la ayuda o si se exige la devolución cuando un joven no acredita el cumplimiento de los requisitos, que exigen estar al corriente en el pago de su alquiler y de sus obligaciones administrativas y fiscales.

Fomento ha defendido que las modificaciones introducidas en el Real Decreto "se limitan a dotar de mayor cobertura jurídica a las Comunidades Autónomas para llevar a cabo este procedimiento". En ningún caso, apunta, afectan a la competencia de gestión que recae en la administración autonómica, como sostiene el Ejecutivo valenciano.

El objetivo de estas modificaciones es que el procedimiento de gestión del pago, que se interrumpe cuando el beneficiario incumple alguno de los requisitos para recibir la ayuda, no bloquee indefinidamente la tramitación administrativa y contable de las ayudas, ha concluido.


Fuente .

sábado, 26 de febrero de 2011

Más de 15.000 personas cobraron irregularmente la Renta Básica de Emancipación en 2009

El Ministerio de Fomento ha detectado que 15.271 beneficiarios de la Renta Básica de Emancipación que en 2009 superaron los ingresos máximos permitidos (22.000 euros) para poder acceder a la ayuda de 210 euros mensuales.

Así lo avanzó la secretaria de Estado y Actuaciones Urbanas, Beatriz Corredor, en la Comisión de Vivienda del Congreso de los Diputados. Corredor ha señalado que "les será en breve comunicado" a los beneficiarios, que verán suspendido el ingreso de la prestación "cautelarmente".

El número de incidencias es prácticamente el doble que las correspondientes al ejercicio 2008, para el que los beneficiarios detectados ascendieron a 8.214 personas. Hasta la fecha, 270.000 jóvenes se han beneficiado de esta medida.

Más adelante, corresponderá a las comunidades autónomas si ante las alegaciones que puedan presentar los afectados corresponde o no retirar el derecho a las ayudas y ordenar el reintegro de las cantidades percibidas.

Ahora bien, Corredor avanzó que, a falta de datos globales de las comunidades autónomas, tras realizar la mayoría de las comprobaciones cursadas hasta la fecha, se ha procedido a la retirada de la ayuda en estos casos.

Corredor explicó que no se han podido realizar estas acciones de control con anterioridad porque hasta el pasado mes de mayo no habían podido cruzar los datos del Ministerio con los de la Agencia Tributaria.

lunes, 3 de enero de 2011

Devolver las ayudas al alquiler

Adjunto un artículo interesante sobre este tema :

Hacía tiempo que venía pensando en escribir sobre mi experiencia con la ayuda del alquiler (la famosa renta de emancipación y los 210€) ya que creo que hay mucha gente que ha pasado o está pasando por lo mismo que yo he pasado este año y creo que puedo ayudarlos contando lo que me ocurrió.

En resumen: en Julio de 2008 me aprobaron la ayuda del alquiler, pero no la cobré hasta el 30 de Diciembre de 2008, día en el que me ingresaron los 210€ correspondientes a los meses de Agosto hasta Diciembre (1050€). A partir de ahí, cada mes fui cobrando los 210€ cada mes. En Marzo de 2009, mi empresa me realiza un aumento salarial, y dejo de cumplir el requisito de los 22.000€ anuales, con lo que inmediatamente me doy de baja voluntariamente de la ayuda para evitar cualquier penalización por incumplimiento de los requisitos. Hasta aquí todo bien, sin embargo la sorpresa viene en verano de 2010, cuando recibo una carta del Ministerio de Vivienda indicándome que debo devolver el importe íntegro de la ayuda por incumplimiento del Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre, artículo 2 apartado C: ”Disponer de una fuente regular de ingresos que le reporte unos ingresos brutos anuales inferiores a 22.000 euros“
¿ Había engañado yo deliberadamente para cobrar la ayuda ? En absoluto, cumplía todos los requisitos y mi sueldo era inferior a 22.000€ anuales, sin embargo por unas horas extras que hice en 2008 el total bruto de ese año superó los 22.000. Por eso, me reclamaban devolver 1890€ (el importe íntegro que había percibido). Si estais en la misma situación que yo, esto es lo que hice y os adelanto que no he tenido que devolver la ayuda.

Cuando recibes la carta del Ministerio de Vivienda relatando lo anterior, te indica que recibirás una carta certificada de la diputación de tu comunidad autónoma indicando el inicio del procedimiento por las causas anteriormente descritas (o por lo menos ese era mi caso), una vez recibas esa segunda carta certificada, tienes 15 días para reclamar. Es la única vía que tienes, hacer una reclamación por escrito en Vivienda, de tu comunidad autónoma, para alegar los puntos que creas necesarios para hacerles ver la injusticia a la que estás siendo sometido.
En mi caso en concreto, alegué que cumplía punto por punto con todos los artículos de la ley, ya que ésta indica que “la fuente regular de ingresos” no debe superar los 22.000€. No dice que el bruto anual de tus ingresos sea inferior a 22.000. Por este motivo, yo alegué que si me pasé (y si vieseis el importe por el que me pasé, ridículo!) fue por unas horas extraordinarias realizadas durante el año de las cuales yo no tenía constancia a la hora de solicitar la ayuda sobre su cantidad y de cómo iba a afectar a mis ingresos brutos anuales. Además, se trataban de horas extraordinarias, no regulares y por tanto no debía tenerlas en consideración a la hora de calcular el límite de la ayuda. Además añadí que cuando mi fuente regular de ingresos se vio aumentada, solicité la baja inmediata de la ayuda porque incumpliría, en este caso sí, el artículo 2, apartado C del Real Decreto 1472/2007 del 2 de Noviembre.

Esa fue mi reclamación, una vez aceptada por la administración tienen 3 meses para resolver el proceso. En caso de que no haya respuesta en ese plazo (silencio administrativo), el proceso queda anulado. Así ha acabado mi caso y no he tenido que devolver ese importe.

Os dejo una plantilla de como debe figurar vuestro escrito, por supuesto tiene que estar escrito en lenguaje formal (pedid ayuda a algún abogado, licenciado, administrativo, que conozcais para darle forma a vuestra reclamación).

D/Dña:D.N.I. o pasaporte númeroDOMICILIO en calle/plaza nºCódigo Postal ProvinciaTeléf. Fax Correo Electrónico
EXPONE:
[Expón los hechos y las justificaciones de porqué no debes devolver la ayuda. Adjunta a la reclamación todos los papeles que te apoyen en la justificación: nóminas, certificado de retenciones, etc.]
SOLICITA:
[Solicita la revocación de la devolución de la ayuda por los motivos anteriormente expuestos]
[CIUDAD] a [DÍA] de [MES] de [AÑO]
[Firma]


Me parece injusto, muy injusto, que los errores del Gobierno tengamos que pagarlos aquellos que menos tenemos, los que necesitamos ayuda para poder independizarnos y que cuando falta dinero, sea a nosotros a los que tengan que apretar y estrujar. ¿ Acaso no hay sitios donde sacar dinero ? Este es un ejemplo más de la improvisación con la que se ha caracterizado este Gobierno, fue la ayuda estrella con la que ganó las últimas elecciones, pero se observa claramente la improvisación con la que se definió y las prisas por activarla de inmediato. Y quien paga los errores ?
LOS DE SIEMPRE: NOSOTROS

Fuente .

martes, 21 de diciembre de 2010

Fomento niega haber pedido la devolución de la Renta Básica a ningún beneficiario

La Renta Básica de Emancipación (RBE) sigue envuelta en su particular polvareda de polémica , algo ya habitual desde su nacimiento en enero de 2008 .
Ahora la ayuda al alquiler de 210 euros mensuales para jóvenes debe salir al paso de unas acusaciones vertidas desde la Comunidad Valenciana, que interpondrá un requerimiento de incompetencia al señalar que cientos de beneficiarios de esta región tendrán que reintegrar las cantidades percibidas. Fomento niega tal afirmación.
El Ministerio de Fomento asegura que no ha solicitado la devolución de la Renta Básica de Emancipación (RBE) a ningún beneficiario por haber cobrado estas ayudas de forma indebida, a pesar de que el Gobierno de la Comunidad Valenciana vaya a interponer un requerimiento de incompetencia al Gobierno central para evitar que 1.600 jóvenes tengan que devolver la ayuda .
En un comunicado, el departamento dirigido por José Blanco señala que la Secretaría de Estado de Vivienda se limitó a enviar una carta en mayo a los beneficiarios que superaron el límite de ingresos requerido para acceder a la prestación en el año 2008, tras cruzar algunos datos con los de la Agencia Tributaria.
En ese momento, Fomento se lo comunicó a las comunidades para que dieran trámite de audiencia a los afectados, verificaran su nivel de ingresos y resolvieran el conflicto, ya que son las encargadas de la gestión de esta ayuda y, por tanto, las que tienen que reconocer y retirar el derecho a cobrarla.
Así, el Departamento dirigido por José Blanco insiste en que es la comunidad autónoma la que tiene que determinar si el joven que ha incurrido en esta situación mantiene el derecho a percibir la ayuda o se le retira y se le exige, en su caso, la devolución de las ayudas.
De la misma forma, es la administración regional la encargada de declarar la extinción del derecho cuando un joven no acredita, en un plazo de tiempo establecido, el cumplimiento de los requisitos que marca la norma para el pago de la ayuda por parte del Estado: estar al corriente con el alquiler y las obligaciones administrativas y fiscales .

Fuente .

martes, 23 de noviembre de 2010

Fomento reclama a 385 jóvenes gallegos que devuelvan las ayudas para el alquiler de piso

El Ministerio de Fomento ha comunicado a 385 jóvenes mediante carta y un mensaje al teléfono móvil que deben devolver las ayudas correspondientes a la renta básica de emancipación que recibieron el pasado año. La razón es que, una vez comprobados los ingresos a través de la declaración de la renta, el Gobierno detectó que sobrepasaron el límite de 22.000 euros anuales que permite tener acceso a las subvenciones.
Esta ayuda, que nació para facilitar la emancipación, consiste en la concesión por parte del Estado de una paga mensual de 210 euros que se debe destinar al alquiler de una vivienda. El pasado año, algo más de 12.000 gallegos percibieron esta subvención, de manera que la reclamación alcanza al 3,2% de los beneficiarios.
La revisión la inició el Ministerio de Vivienda, pero tras su desaparición el pasado octubre con la última remodelación del Gobierno de Zapatero, sus competencias fueron asumidas por el Ministerio de Fomento.A estos 385 jóvenes, además de la reclamación para que devuelvan el importe de las ayudas del año 2009, se les ha bloqueado desde el pasado mes de mayo las ayudas correspondientes a este año. En toda España hay unos 8.000 jóvenes que se encuentran en la misma situación.¿Por qué se les exige ahora que reembolsen las ayudas? Porque para acceder a las subvenciones, los solicitantes tienen que presentar un presupuesto de haberes, un documento en el que reflejan una previsión de lo que van a ingresar en un determinado año.
Pero la comprobación de los datos definitivos no se puede hacer hasta que presenten la declaración de la renta, plazo que acaba en el mes de junio del año siguiente. Y ésta es la razón por la que ahora, una vez revisadas las declaraciones del IRPF, se sabe quién ha superado los 22.000 de ingresos anuales, el límite para acceder a las subvenciones.La mayoría de los afectados superó el tope por muy poco, por cobrar horas extras o tener una bonificación imprevista de la empresa, pero ello resulta motivo suficiente para perder el derecho a la ayuda.
Aunque la subvención la concede el Gobierno central, son las comunidades autónomas las que gestionan las solicitudes, por lo que, en el caso gallego, también es la Xunta la responsable de gestionar la devolución, si bien toda la recaudación se remitirá a las arcas del Estado.En revisión de sus cuentas también se encuentran otros 130 jóvenes gallegos, aunque a ellos no se les exige, al menos de momento, al devolución de las ayudas anteriores ni se les ha bloqueado las correspondientes a este año.
En 37 casos, el Gobierno quiere verificar que los beneficiarios no superaron de forma individual los 22.000 euros de ingresos en el año 2008 porque presentaron una declaración de la renta conjunta con su pareja. Y en otros 89 el expediente de revisión está motivado porque los receptores declararon que no tuvieron ningún ingreso hace dos años.

Fuente .

miércoles, 13 de octubre de 2010

Nueva rectificación en las ayudas al alquiler

Vivienda da ahora tres meses a los beneficiarios RBE para que justifiquen sus incidencias

El Ministerio de Vivienda ha vuelto a rectificar con la Renta Básica de Emancipación, la ayuda de 210 euros mensuales para el alquiler de los jóvenes. Así, el Ministerio concederá un margen de tres meses a los jóvenes beneficiarios con posibles incumplimientos para que solucionen las incidencias antes de perder la subvención.
Esta nueva medida, llega tras detectar casi 50.000 incidencias (47.689 hasta septiembre de 2010) ya registradas por Vivienda y después de varios contratiempos al respecto. Así, el departamento de dirige Beatriz Corredor pretende que los fondos destinados a los beneficiarios puedan volver a estar disponibles para otros solicitantes si los primeros dejan de cumplir los requisitos, siempre y cuando no existan incompatibilidades con las exigencias de las respectivas Comunidades Autónomas, según publica El Mundo.

Hasta ahora, cuando un beneficiario dejaba de cumplir los requisitos para recibir la subvención automáticamente dejaba de cobrarla, pero los fondos que se le habrían destinado quedaban retenidos hasta que transcurrieran cuatro años. En la actualidad, hay más de 100 millones de euros bloqueados por esta particularidad contable.

Tres meses para acreditar el cumplimiento de los requisitos

Con la modificación del Real Decreto, para evitar este bloqueo se arbitran dos medidas. La primera, que el joven solicitante tendrá seis meses desde que la CCAA le notifica la resolución positiva para acreditar el cumplimiento de los requisitos que establece la norma para el pago ante el Ministerio de Vivienda (estar al corriente del abono del arrendamiento y estar al día con la Agencia Tributaria, principalmente). Si en ese medio año no se acreditan esos requisitos, se declarará la extinción de la resolución, excepto en el caso de que la falta de acreditación no sea imputable al beneficiario.

Por otro lado, en caso de incumplimiento de alguno de las condiciones, una vez empezada a cobrar la ayuda, el joven beneficiario tendrá tres meses desde que la CCAA le notifica la suspensión cautelar para subsanar el incumplimiento. Si pasados esos tres meses no acredita que lo ha solucionado, la CCAA declarará la extinción de la resolución, excepto en el caso de que la falta de subsanación no sea imputable al beneficiario.

Se modifican las ayudas para conseguir liquidez

Además , El Consejo de Ministros aprobó este viernes la modificación del Real Decreto que regula la Renta Básica de Emancipación (RBE), la ayuda de 210 euros al alquiler para jóvenes, con el objeto de agilizar la tramitación contable de la ayuda incrementándose la eficiencia en la asignación del gasto público y la eficacia en la gestión.
La principal modificación que ahora se aprueba persigue que el procedimiento de gestión del pago, que queda interrumpido cuando el beneficiario incumple alguno de los requisitos para recibir la ayuda, no bloquee indefinidamente la tramitación administrativa y contable de las ayudas.

El proceso de tramitación de la RBE hace que desde que la comunidad autónoma reconoce a un joven el derecho a recibir la ayuda, el ministerio tenga que realizar una reserva de fondos por el importe total de la ayuda a la que tendría derecho durante cuatro años o hasta que cumpla los 30 años.
Si el joven no acredita el cumplimiento de los requisitos establecidos para el pago, o deja de acreditarlos, el ministerio no puede abonarle la ayuda pero tampoco puede recuperar ese presupuesto retenido que queda indefinidamente bloqueado hasta que no se le retire el derecho a percibir la ayuda y que, por tanto, no puede ser ejecutado para el abono de las ayudas.

Para evitar este bloqueo de los fondos se establece un marco jurídico más eficaz para la extinción del derecho a la RBE por parte de las comunidades autónomas por incumplimiento de los requisitos establecidos para el pago. El objetivo es liberar un volumen importante de fondos ahora retenido al tiempo que se consigue, con la misma dotación presupuestaria, que las ayudas lleguen a un mayor número de jóvenes, explicaron desde el Ministerio de Vivienda.

En la actualidad hay más de cien millones de euros bloqueados por esta particularidad contable.

viernes, 24 de septiembre de 2010

La Comunidad Valenciana no pedirá a los jóvenes que devuelvan la RBE

La Comunidad Valenciana ha sido la primera en hacer saltar la liebre. Después de que el Ministerio de Vivienda detectara el pasado mes de agosto que unos 8.000 jóvenes a los que se les había concedido la Renta Básica de Emancipación (RBE) en 2008 superaron el requisito de ingresos y que avisara a muchos de ellos para que devolvieran esta ayuda, la Generalitat se ha pronunciado en contra.

La directora general de Vivienda y Proyectos Urbanos del Gobierno valenciano, María Jesús Rodríguez, ha asegurado que la Generalitat no va a pedir a los jóvenes de la Comunidad que devuelvan las ayudas de la RBE que exige el Ministerio de Vivienda porque "esta decisión perjudica gravemente y va en contra de los intereses de los jóvenes valencianos en un momento de crisis en el que esta medida es si cabe todavía más desafortunada".
Según ha declarado, el Ministerio de Vivienda "no sabe de dónde recortar gastos" y ha criticado que, además de suprimir y reducir ayudas del Plan de Vivienda para la Comunidad Valenciana por importe de 250 millones de euros, ahora quiera que unos 1.200 jóvenes de la región que recibieron una ayuda para pagar su alquiler la devuelvan.
Para el Gobierno central, ha subrayado, "no es suficiente con incumplir los compromisos adquiridos con las comunidades autónomas, sino que también se dedica a hostigar al ciudadano".

La Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda ha presentado las alegaciones al borrador del Real Decreto por el que se modifica la actual normativa de la Renta Básica de Emancipación de los Jóvenes.
En el documento, remitido al Ministerio, se alega que la Comunidad no puede asumir la obligación de tramitar y resolver el procedimiento de reintegro, sino que sólo actúa como mera notificadora de la resolución.

Además, considera que el proceso de reintegro incurre en una complejidad administrativa que no tiene razón de ser, al convertir a las ventanillas únicas en un inspector fiscal con una asunción de competencias que, de ninguna forma, debería producirse.
En todo caso, la Consejería considera que debería ser la propia Agencia Tributaria quien cree un servicio para recaudar los supuestos fondos indebidamente percibidos ya que, finalmente, dichos fondos irán a engrosar las arcas estatales y éste es el organismo que dispone de los recursos para realizar esta función.

Fuente .

miércoles, 22 de septiembre de 2010

Se agranda el problema de la RBE y la Agencia Tributaria

Tras saberse que mas de 8.000 beneficiarios de la RBE la estaban cobrando y deben devolver esta ayuda tras haberse pasado en los ingresos permitidos para recibir la subvención , se plantea ahora el problema con la declaración de la Renta . Ya que estos beneficiarios debieron declarar unos ingresos por recibir las ayudas al alquiler que ahora deben devolver .
Si quieren recuperar el dinero declarado y que finalmente parece ser que no se van a quedar , tendrán que pedir a Hacienda una revisión de su declaración de la Renta de ese ejercicio , en algunos casos puede suponer hasta 800 euros .

Procedimiento para solicitar una rectificación de la declaración :

Si el error provocó un perjuicio nuestra contra lo que deberemos realizar será una solicitud de rectificación de la autoliquidación. En este caso la solución sería hacer un escrito a la agencia tributaria pidiéndole que rectifique la declaración que en su día presentamos y una vez que la calcule nos devuelva la diferencia a la que tenemos derecho. Es importante tener en cuenta que la solicitud de rectificación habrá de ser presentada antes del plazo de cuatro años desde que finalice el periodo voluntario de la presentación de la declaración de la renta (ojo, porque se reanuda el plazo para que hacienda nos inspeccione desde ese momento por otros cuatro años).
El escrito habrá de ser dirigido a la administración tributaria que corresponda por nuestro domicilio fiscal, que será la competente para resolver el procedimiento. En el caso de que la agencia tributaria nos dé la razón y rectifiqué la declaración (o borrador) hacienda nos devolverá tanto la cantidad que resulta de la nueva liquidación como sus correspondientes intereses.
En cuanto a la forma para solicitar esa rectificación lo normal será presentar un escrito parecido al siguiente, que se pone como mero ejemplo. Yo aconsejo acompañar la documentación que justifica lo que se pide y si se puede un borrador de la renta rectificada con los nuevos calculos. En las declaraciones complementarias la solicitud de rectificación deberá ser firmada por los dos conyuges.

Adjunto también un modelo de rectificación de la declaración del IRPF .

Por otra parte , varias Comunidades están solicitando que las ayudas al alquiler estén exentas en la declaración del IRPF .

martes, 24 de agosto de 2010

El caos de las ayudas al alquiler

Tras la última noticia aparecida sobre la RBE por la que Vivienda reclama a 8.000 jóvenes que devuelvan las ayudas al alquiler , y a pesar de los intentos por calmar a los jóvenes intentando explicar los motivos con una nota aclaratoria del Ministerio , lo que era una subvención para jóvenes realmente mal gestionada y bastante criticada desde sus comienzos , ha pasado a convertirse en un auténtico caos . Adjunto algunas noticias sobre la polvareda que se está levantando a raíz de la posible devolución de las ayudas al alquiler :

Vivienda exige a 2.000 jóvenes madrileños la devolución de la ayuda al alquiler

OSTA solicita al Gobierno de Aragón que "tome cartas en el asunto de las ayudas por alquiler para los jóvenes"

IU critica al Estado por exigir la devolución de ayudas al alquiler

Cotino critica que el Gobierno haga devolver las ayudas de alquiler de 2008

Cinco comunidades examinarán la devolución de las ayudas al alquiler

Gobierno valenciano pide reunión extraordinaria con Vivienda para que "aclare" la devolución de las ayudas al alquiler

Críticas a Vivienda por sus ayudas al alquiler

UGT denuncia que el Gobierno pide devolución ayudas alquiler con 5% interés

Vivienda reclama al 8% de los jóvenes que percibían ayudas al alquiler que las devuelvan con intereses

Ayudas de 'ida y vuelta' para el alquiler de 8.000 jóvenes

lunes, 23 de agosto de 2010

Nota aclaratoria sobre la Renta Básica de Emancipación

Adjunto la nota oficial del Ministerio de Vivienda sobre este asunto . Conste que el adjetivo de aclaratoria lo ha puesto el mismo Ministerio .

El Ministerio de Vivienda ha enviado una carta y un SMS a 8.000 beneficiarios de la Renta Básica de Alquiler comunicándoles que, según la información facilitada por la Agencia Tributaria a este Departamento, superaron en 2008 los 22.000 euros de ingresos anuales brutos, requisito fundamental para percibir esta ayuda de 210 euros para el pago del alquiler.

Al mismo tiempo, el Ministerio se lo ha comunicado a las Comunidades Autónomas, encargadas de la gestión de la RBE -y por tanto de reconocer y retirar el derecho a cobrarla-, para que den trámite de audiencia a los afectados y verifiquen cuál fue su nivel de ingresos. Mientras culminan las comprobaciones necesarias, el Ministerio ha suspendido cautelarmente el pago de la ayuda a los jóvenes (en los casos en que aún estuviera activo el derecho pues otros casos están ya extinguidos) y asegurar así que sólo reciben la RBE quienes tienen derecho a ella.

El Real Decreto 1472/2007, que regula la RBE, establece que para tener derecho a recibir esta ayuda el joven ha de disponer de una fuente regular de ingresos que le reporte unos ingresos brutos anuales inferiores a 22.000 euros. Además, señala que el beneficiario tiene la obligación de comunicar inmediatamente ante su Comunidad Autónoma cualquier modificación de los requisitos por los que se le reconoció el derecho a la ayuda, entre ellos, el nivel de ingresos, y que el incumplimiento de esta obligación supone la devolución de las ayudas percibidas.
En la carta enviada por el Ministerio, sólo se avisa a los jóvenes afectados de su situación y se les anuncia que su Comunidad Autónoma se pondrá en contacto con ellos para que aporten la documentación necesaria para aclarar si dejaron de cumplir con el requisito de ingresos que fija el RD de la RBE.

Tras citar a los afectados, cada Comunidad Autónoma tendrá ahora que comprobar quiénes superaron efectivamente el límite de 22.000 euros, y en caso positivo, emitir una resolución retirándoles el derecho a las ayudas. En los casos en que el beneficiario no comunicó en su momento que dejaba de cumplir este requisito, y por tanto, incumplió la obligación establecida en el RD, la Comunidad Autónoma iniciará el expediente de reintegro de las ayudas correspondientes, al que caben alegaciones.

El proceso de comprobación de los ingresos

Según los convenios de colaboración firmados con todas las Comunidades Autónomas para la puesta en marcha de la RBE, es la Administración regional, como órgano competente para el reconocimiento del derecho, la que ha de realizar todas las comprobaciones necesarias para asegurar que los solicitantes de esta ayuda cumplen todos los requisitos para la percepción de la ayuda (nivel de ingresos, tener un contrato de alquiler, no superar los 30 años de edad, etc). Así, cada Comunidad Autónoma fija qué documentación solicitar al joven para comprobar el requisito de ingresos.

Ahora bien, los datos que comprueban las CCAA, como en cualquier subsidio o prestación que reconoce todo organismo del Estado, son estimaciones que posteriormente deben ser comprobadas, tal como se establece en el RD 1472/07 de la RBE.
Por ello, a partir del momento en que al joven se le reconoce el derecho a percibir la ayuda y empieza a cobrarla, el Ministerio de Vivienda realiza, cada mes, comprobaciones para ver que esté al día en el pago de su alquiler y que está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Para comprobar que siguen cumpliendo con el requisito legal y objetivo de no superar los 22.000 euros de ingresos brutos anuales, el Ministerio ha consultado a la Agencia Tributaria cuántos beneficiaros superaron ese límite según su declaración de la Renta de 2008. Este control se repetirá para los ingresos percibidos en 2009 y sucesivos.
Para calcular el nivel de ingresos, sólo se han tenido en cuenta los ingresos por rendimientos del trabajo, no por incrementos de patrimonio ni otros.

La RBE se ha demostrado como una potente herramienta para favorecer la emancipación de los jóvenes y reducir el esfuerzo que éstos deben hacer para emanciparse. Así, el porcentaje que representa el pago del alquiler sobre los ingresos que perciben, es del 42,3%, siendo un 44,5% en las mujeres y un 39,6% en los hombres. Para los jóvenes que reciben la Renta Básica de Emancipación el esfuerzo se reduce considerablemente, situándose en el 24,4%, siendo un 25,7% en las mujeres y un 22,7% en los hombres.

viernes, 20 de agosto de 2010

Vivienda reclama a 8.000 jóvenes que devuelvan las ayudas al alquiler

Los que hayan superado el límite de 22.000 euros de ingresos anuales deben pagar intereses . Cataluña se opone y ordena paralizar los expedientes de retorno .

El Ministerio de Vivienda ha comunicado a unos 8.000 jóvenes a través de carta y un mensaje al móvil que deben devolver las ayudas correspondientes a la Renta Básica de Emancipación (RBE) que recibieron en 2009. Estos beneficiarios, que suponen cerca del 8% de los que obtuvieron la prestación mensual de 210 euros el año pasado, sobrepasaron el límite de 22.000 euros de ingresos anuales que les permite percibir la subvención. Según las oficinas de vivienda consultadas, la mayoría de los afectados rebasaron ese umbral por poco y debido a cobros imprevistos, por ejemplo, por horas extra, una bonificación imprevista de la empresa, un cambio de trabajo e incluso por haber percibido una indemnización por despido .

La carta no ha sentado nada bien a las comunidades, que son quienes ahora deben gestionar la devolución. Y en especial a las dos que más expedientes manejan. Cataluña ha ordenado a sus oficinas de vivienda que paralicen cualquier expediente de devolución hasta que se hayan examinado "uno por uno" todos los casos, mientras que la Comunidad de Madrid denuncia que el ministerio le obliga a hacer de "poli malo". Vivienda se defiende y señala que solo los jóvenes que no hubieran avisado de su incremento salarial cuando este se produjo serán penalizados con unos intereses del 5%.
Los 8.000 jóvenes que han recibido el mensaje tenían aprobada la ayuda por su comunidad autónoma y el ministerio, que revisa las incidencias que pueda haber con Hacienda y la Seguridad Social. Las reclamaciones se han dado porque para obtener la ayuda, estos 8.000 beneficiarios presentaron un presupuesto de haberes -una previsión de lo que se cobrará- que finalmente superaron, por encima de los 22.000 euros. En cambio, en otros casos la Administración examina la declaración de la renta del año anterior, lo cual no da pie a estas desviaciones.

La secretaria de Vivienda de la Generalitat de Cataluña, Carme Trilla, razona que la fórmula del presupuesto anual no permite prever las horas extra que se realizarán ni si se va a cobrar una bonificación imprevista. "Eso no sucede con las ayudas que damos de 240 euros. Ahí examinamos la declaración del año anterior para ver si el solicitante tiene derecho o no a la ayuda. Y si cumple los requisitos, no hay problema, es suya", aseguró.
El Gobierno catalán acaba de mandar una carta a todos los afectados de Cataluña para pedirles tranquilidad, puesto que ha ordenado a todas sus oficinas de vivienda que "no tomen ninguna decisión" hasta haber examinado todos los expedientes.
Trilla sostiene que la Generalitat "salvará" el máximo número de casos posibles para que no tengan que devolver el dinero y, además, abonar intereses. "Trataremos de que solo tengan que retornarlo en caso de que la desviación sea muy grande, pero no los casos en los que se hayan pasado de los 22.000 euros por poco", afirmó Trilla, quen agregó: "No compartimos esta decisión del Ministerio de Vivienda".

Paula Pérez, una documentalista de 27 años, recibió en mayo el sms que le indicaba que había "superado el límite de ingresos" y debía devolver las ayudas que recibió el año pasado con un interés del 5%. Pérez pidió la ayuda en enero de 2008, poco después de que la ex ministra de Vivienda Carme Chacón anunciara la medida como plan estrella del Ejecutivo. En octubre de ese año le confirmaron que podía recibir la prestación, que no cobró hasta junio de 2009. El año pasado volvió a repetir el proceso: presentó en la Oficina de Vivienda de la Comunidad de Madrid toda la documentación, incluido un presupuesto de haberes, en el que figuraba su sueldo bruto anual. La comunidad y el ministerio dieron luz verde a su ayuda.

Sin embargo, Pérez está en la lista que Hacienda elaboró para Vivienda con todos los que superan los 22.000 euros que el Real Decreto 1472/2007 fija como techo de ingresos para obtener la mensualidad. "Ni por asomo mi sueldo llega a los 22.000 euros", lamentó. Pero Pérez, que comparte piso, deberá devolver 882 euros al ministerio. La causa es una bonificación que le dio su empresa en motivo del 75º aniversario de la firma y haber trabajado alguna hora extra, lo cual hizo que sobrepasara, aunque por poco, el tope de 22.000 euros.

Esta documentalista acudió, tras recibir la carta del ministerio, a la Oficina de Vivienda de Madrid, donde le han comunicado que deberá devolver el dinero de la ayuda. "Allí me encontré todo tipo de casos, incluso había un chico que se la habían retirado porque sobrepasaba el límite en dos euros", aseguró. Fuentes de la comunidad explican que unos 2.000 beneficiarios se hallan en la misma situación que Paula Pérez, que, paradójicamente, acaba de recibir la confirmación de que este año puede percibir la renta básica de emancipación. "Ya no la quiero", se resigna ahora.
Una portavoz del Ministerio de Vivienda matizó que el envío de 8.000 cartas no significa que el 100% de los beneficiarios tenga que devolver las ayudas. "Habrá quienes habrán cumplido con su obligación de comunicar que iban a superar los ingresos y quienes no", afirmó. La diferencia está ahí: quien se percata de que supera los 22.000 euros y lo comunica, deja de cobrar la ayuda sin tener que devolver nada. Quien no lo hace, debe retornarlo todo con intereses.

Dos servicios de vivienda consultados explican que la casuística es muy amplia. Muchos jóvenes han aceptado horas extra o recibido una paga de gratificación. Pero también hay quien ha superado los 22.000 euros porque perdió su empleo y cobró una indemnización superior al límite exento de tributar, que es de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 meses.
Vivienda indica que el decreto fija que la condición para recibir la renta es "disponer de una fuente regular de ingresos" de menos de 22.000 euros. Por ello, Hacienda solo examina las entradas por rendimiento de trabajo y no incrementos de patrimonio.

Fuente .

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